martes, 14 de junio de 2016

SINDICALISMO, LAS RELACIONES LABORALES Y BASES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL ESTADO



Dr. Arturo Fernández Arras, Doctor Laborista, Rector del CENIJUR, Centro de Investigación Jurídica, A.C. y Profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con el tema: “Sindicalismo, las relaciones laborales y bases para el fortalecimiento del Estado”

Cambios y Diagnóstico inicial. En los últimos 35 años han cambiado radicalmente las acciones de los sindicatos, olvidando estos, la función de estudio, defensa y mejoramiento de los intereses de sus asociados; “convencidos” u obligados por el Estado y los patrones o por no perder sus privilegios Políticos.

El impacto en el trabajo a partir del Sexenio 1982-1988, se presentaron diversos acontecimientos: Recorte en el gasto público. Reajuste de gasto social. Adelgazamiento en el gasto del Estado. Desincorporación y privatización de empresas públicas. Apertura comercial discriminada.

Disminución de subsidios en general. Cierre de empresas privadas. Despido masivo de trabajadores de la iniciativa privada y del sector público. Establecimiento de los pactos “para rescatar la economía”. Supresión de conquistas sindicales.  

Lo anterior, impactó en el quehacer sindical. Esto se ha reflejado en la práctica, el Derecho de Asociación de los trabajadores se ha visto limitado por los funcionarios. Convenio 87 (sobre libertad sindical) convertido en letra muerta.  

El derecho de huelga, ha sido aprovechado por la iniciativa privada. El derecho a la negociación y contratación colectiva, prácticamente ha desaparecido. La iniciativa privada ha aprovechado los periodos de revisión contractual, para mutilar los contratos colectivos.

En estas circunstancias el movimiento obrero, se encuentra desarticulado. En 1996, la Suprema corte de Justicia de la Nación, emitió la jurisprudencia No. 1/96, en la que establece: Organismos descentralizados de Carácter Federal, su inclusión en el artículo 1° de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, es inconstitucional.

Lo que produjo distintas reacciones: La primera, de la federación de sindicatos de trabajadores al servicio del Estado. La segunda reacción fue en un sentido favorable. Una tercera reacción, provino de algún sector de la doctrina con dos vertientes: El Estado mexicano agotó sus mecanismos, para privatizar la industria paraestatal y no sería muy sano repetir la experiencia Ruta-100. Otros en cambio, sostienen que la jurisprudencia resulta benéfica, porque permitirá rescatar derechos colectivos fundamentales.

En 1999, la jurisprudencia 43/99, vino a revolucionar el mundo laboral pues, permite más de un sindicato en las dependencias del gobierno. Ante esto, el Estado tiene un programa que consiste en acabar poco a poco a las organizaciones sindicales tradicionales o a las independientes y crea sus organizaciones de apoyo, así sea sin membresía.

Sobre las Reformas Laborales:   Las Leyes, tienen como función el bien común, en México, pareciera que cuando se quiere negar un derecho, basta reglamentarlo y como por arte de magia desaparece. Las reformas laborales nos han convencido de que tenemos un Estado sordo, ciego y necio. Tampoco ha entendido el Estado, que para ser fuerte, no debe ignorar a las Organizaciones, populares. Menos debe el Estado insistir en mecanismos de control primitivos.

Conclusión: Mientras el Estado no entienda que debe caminar de la mano con la Sociedad, toda Política Pública, irá al fracaso.

La ponencia completa se puede escuchar en el siguiente enlace:
https://soundcloud.com/irais-barrera-378857963/sindicalismo-las-relaciones-laborales-y-bases-para-el-fortalecimiento-del-estado


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